Sobre nuestra situación fiscal

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FedeGaray
FedeGaray Publicaciones: 151 Community Champion rank

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Afortunadamente mis ganancias han comenzado a subir considerablemente en los últimos meses, y con ello se presenta un interrogante: cómo declaro al fisco el origen de mis ganancias.

Mi contadora me pide que facture para declarar mis ingresos, pero... a quién le facturo? A udemy? a los estudiantes? a Paypal?

Necesito orientación sobre el asunto.

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Comentarios

  • elisacabana
    elisacabana Publicaciones: 15 Community Champion rank
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    Hola. Yo tengo la misma interrogante. Y vivo en Madrid, España. Soy instructora novata por así decirlo y me pregunto varias cosas en este tema. Al hacer la declaración de la renta, los ingresos de Udemy se ponen en su totalidad? Como rendimiento de trabajo o como rendimiento de actividad económica? Para las facturas existe algún modelo? Como se hacen? Hay que hacerlas cuando se hace la declaración? O solo si te la pide hacienda? Y hay que darse de alta como autónomo en algún caso? Porque yo tengo aparte mi trabajo y no me dedico a Udemy solamente. Agradecería cualquier información ya que estoy un poco perdida en este tema.

  • RoxFalasco
    RoxFalasco Publicaciones: 13 Community Champion rank
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    Hola Elisa!

    Yo también vivo en España y declaro los ingresos de Udemy, creo una factura por cada mes y estoy dada de alta como autónomo.

    Tengo entendido que puedes facturar con el NIF sin ser autónomo, siempre y cuando los ingresos sean mínimos, es decir, si es una actividad paralela a tu trabajo y esta actividad paralela no supere el salario mínimo interprofesional anual.

    Pero, de todas formas, te aconsejo lo que le aconsejo siempre a alguien que me pregunta de este tema, no te quedes con lo que yo o cualquier otra persona te diga, mejor ve a una gestoría (la primera consulta siempre es gratis, y sino lo es ve a otra gestoría ya que la mayoría suelen dar la primera consulta gratis) y te podrán informar mejor, en estos temas legales es mejor fiarse de alguien que sabe bien del tema porque trabaja en ello :)
    Espero de todas formas haberte ayudado un poquito. ¡Un saludo! ;)

  • mrvallejo
    mrvallejo Publicaciones: 23 Community Champion rank
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    Buenas Rox,

    No se pueden emitir facturas si no eres autónomo. Lo que puedes es darte de alta en hacienda, emitir facturas y no darte de alta en la seguridad social en el caso que comentas "es una actividad paralela a tu trabajo y esta actividad paralela no supere el salario mínimo interprofesional anual". En este caso siempre con riesgo, el riesgo nunca desaparece pero se minimiza.

    Saludos

  • David
    David Publicaciones: 6 Community Champion rank
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    No se puede facturar sin ser autónomo o empresa.

  • RoxFalasco
    RoxFalasco Publicaciones: 13 Community Champion rank
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    Ups! cierto, gracias @mrvallejo
    y @David
    por la corrección, quise decir declarar ingresos :)

    ¡Un saludo! :D

  • David
    David Publicaciones: 6 Community Champion rank
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    Una cosa es lo que te dicen en plan amiguete cuando te acercas a la Seguridad Social o a Hacienda, y otra lo que dice la ley. Yo llevo casi 20 años de autónomo y he visto muchas sorpresas y contradicciones entre lo que te comentan en persona (en plan "entre tú y yo") y lo que luego te puede pasar.

    La mejor solución es darse de alta íntegramente como autónomo, y luego aprovechar las ayudas al inicio. En el caso de Madrid pagas "una miseria" los 3 primeros años en concepto de Seguridad Social, ya que se añade un año más a la ayuda estatal de la Seg. Social.

  • mrvallejo
    mrvallejo Publicaciones: 23 Community Champion rank
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    Totalmente de acuerdo David!

  • RicardoNaya
    RicardoNaya Publicaciones: 1 Community Champion rank
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    Hola,

    yo hago una factura trimestral, como declaro trimestralmente supongo que dará igual.

    La única cosa que añadiría es que para hacer la factura sin IVA creo que es necesario además estar dado de alta como operador intracomunitario.

    Saludos

  • CarlosDeLeon
    CarlosDeLeon Publicaciones: 883 Community Champion rank
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    Al igual que otros han mencionado, yo hago una factura mensual, a nombre de Udemy.

    En mi caso, por considerarse como una exportación, no debo declarar IVA, pero eso depende totalmente de las leyes de cada país, así que sobre eso debes averiguar con tu contadora, que seguramente sabe al respecto.

  • elisacabana
    elisacabana Publicaciones: 15 Community Champion rank
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    Las cantidades que se pagan a seguridad social por ser autónomo son fijas? Las de hacienda entiendo que será en dependencia de lo que se gane. Pero me gustaría saber si alguien sabe de cifras o cuotas. Entiendo que para instructores que facturan mucho dinero a lo mejor no es mucha la pérdida. Pero quisiera saber para los que no facturan más de 700 mensual con udemy, como seria el tema? Gracias

  • elisacabana
    elisacabana Publicaciones: 15 Community Champion rank
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    Hola a todos. Las cantidades que se pagan a seguridad social por ser autónomo son fijas? Las de hacienda entiendo que será en dependencia de lo que se gane. Pero me gustaría saber si alguien sabe de cifras o cuotas. Entiendo que para instructores que facturan mucho dinero a lo mejor no es mucha la pérdida. Pero quisiera saber para los que no facturan más de 700 mensual con udemy, como seria el tema? Gracias

  • Daniel03
    Daniel03 Publicaciones: 484 Community Champion rank
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    Hola @elisacabana
    , sería bueno que especificaras el país, ya que pueda que de un país a otro puede variar.

  • elisacabana
    elisacabana Publicaciones: 15 Community Champion rank
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    Perdón, es que lo había dicho más arriba. Estoy en España. Gracias
  • Daniel03
    Daniel03 Publicaciones: 484 Community Champion rank
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    En ese caso, el que debe pedir disculpas soy yo :smileysurprised:

  • mrvallejo
    mrvallejo Publicaciones: 23 Community Champion rank
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    Buenas Elisa, Pues se empieza con una cuota reducida. Estos son los tramos para nuevos autónomos en 2019.

    • Primeros 12 meses: en 2019, 60 euros justos de la cuota mínima por contingencias comunes o un 80% de bonificación en caso de cotizar por bases superiores a la mínima establecida (944,40 euros).
    • Meses 12 al 18: 50% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes durante el segundo semestre. La cuota asciende a 141,65 euros mensuales.
    • Meses 18 al 24: 30% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes durante el siguiente semestre. La cuota asciende a 198,31 euros.
    • Meses 24 al 36: 30% de bonificación de la cuota mínima por contingencias comunes únicamente para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años. La cuota asciende a 198,31 euros.
    • Al final de la tarifa plana está alrededor de los 300€ mes

    Y lo de hacienda depende de lo que factures, así que de eso no te debes preocupar.

  • elisacabana
    elisacabana Publicaciones: 15 Community Champion rank
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    Hola, alguien de la comunidad española ha tenido que rellenar el formulario que solicita Payoneer? Ni con la ayuda entiendo las cosas que hay que seleccionar. Solo que se que no estoy en U.S porque estoy en España y que soy individual, pero luego pregunta cosas que no entiendo. Gracias de antemano.

  • ArtePro
    ArtePro Publicaciones: 10 Community Champion rank
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    ¿Y alguien conoce (o sabe dónde podría encontrar) el CIF y la dirección física de Udemy para poder hacer las facturas de estos ingresos?

    ¡Muchas gracias anticipadas!

  • JuanGabriel
    JuanGabriel Publicaciones: 29 Community Champion rank
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    Exacto, yo personalmente utilizo el propio paypal para crear una factura con el mismo importe que udemy me ingresa cada mes y a final de trimestre la presento pagando el importe pertinente a Hacienda. En cuatro años no he tenido ningún problema y espero que siga así!

  • JuanGabriel
    JuanGabriel Publicaciones: 29 Community Champion rank
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    Hola @elisacabana

    En España los primeros años tienes una reducción y pagas entre 50 y 60€ al mes por darte de alta en la SS. A partir de allí el precio escala. Yo ahora mismo pago unos 312 al mes que si, si facturas menos de 1000 pues es un buen palo como tu misma comentas. Para cifras pequeñas es un dolor de cabeza la verdad, pero si empiezas a facturar bastante, no lo pienses para evitarte futuros problemas.

    Un saludo!

  • AlvaroChirou
    AlvaroChirou Publicaciones: 1,529 Community Champion rank
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    Hola @FedeGaray
    !

    Aprovechando que soy de argentina tmb, pudiste resolver este tema? estimo que quien te puede asesorar mejor es un contador.

  • d1cor
    d1cor Publicaciones: 10 Community Champion rank
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    Hola @AlvaroChirou
    ! Vos cómo estás haciendo? Yo también soy de Argentina, pero no he tenido mayores ingresos así que no facturé nada hasta ahora, pero dentro de poco voy a tener que empezar a facturar.

    Yo uso factura electrónica, y mi contador me dijo que puedo facturar directamente en dólares para luego poder transferir la plata desde paypal la mi banco (via Nubi o lo que sea).

    Vos estás facturando? Tenés los datos de Udemy para poner en la factura? (Condición frente al IVA, etc)

    Agrego que soy monotributista.

    Saludos!

  • AlvaroChirou
    AlvaroChirou Publicaciones: 1,529 Community Champion rank
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    En realidad hasta donde me asesore, mi contadora me dijo:
    1 - Al trabajar en relacion de dependencia, por ende percibir haberes fijos, se "camuflan" ya que podria con mi sueldo comprar los dolares.

    2 - En el banco me recomendaron que si no supero los 9 mil anuales, no deberia haber problema

    3 - No transfiero todos los dolares que gano, dejo en paypal y lo que puedo pagar por ese medio, lo hago.

    Este mes voy a superar los 3 mil dolares, pero como te menciono, no todo el tiempo me transfiero la totalidad que gano.

    Por eso preguntaba, para de paso conocer otras experiencias en relacion a este tema y podemos "combinar" la asesoria contable de cada uno.

  • d1cor
    d1cor Publicaciones: 10 Community Champion rank
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    Ahh buenísimo entonces, gracias!

    Yo voy a preguntar en mi banco también, y cualquier novedad comparto con todos.

    Yo no estoy transfiriendo nada a mi banco, también trabajo en relación de dependencia en la Universidad así que debo tener una situación similar a la tuya, también todo lo que puedo lo pago directamente desde paypal.

    Gracias por los datos y felicitaciones por tus ganancias!!

    @d1cor

  • AlvaroChirou
    AlvaroChirou Publicaciones: 1,529 Community Champion rank
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    Un gusto @d1cor
    !
    Siempre un placer conocer personas de mi pais.

    Para un contacto mas rapido, cualquier duda puedes escribirme a mi celular 2995410420 por whatsapp

    saludos!

  • ibiCode
    ibiCode Publicaciones: 4 researcher rank
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    Hola Ricardo,

    El tema de las facturas lo más simple es hacer una factura cada més, con fecha de factura y de vencimiento en la fecha en que recibes el cobro.
    El hacer una factura para 3 pagos deberías especificar pagos fraccionados, con fechas diferentes, etc.. es mucho más simple hacer 3 facturas y no veo ningun beneficio en hacer una trimestral.

    En cuanto al IVA, cuando facturas a otros paises de la CE puedes cargar el IVA y declararlo como factura normal, o bien, acogerte al derecho de "inversión de sujeto pasivo" que básicamente es no facturar el IVA, pero para ello el emisor y el pagador deben estar dados de alta en el ROI (el registro de IVA intracomunitario), y eso aparte conlleva la obligación de realizar otras declaraciones adicionales aparte de las trimestrales y anuales de IVA de toda la vida.

    En cambio para otros paises fuera de la CE, directamente las facturas están exentas de IVA, por lo cual no es necesario estar dado de alta en el IVA intracomunitario.

    Saludos,

  • ibiCode
    ibiCode Publicaciones: 4 researcher rank
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    Como ya han comentado, en cada país es diferente...
    Para los de España como @elisacabana
    , siempre que recibas un pago, tienes obligación de hacer factura.
    Para poder emitir una factura, tienes obligación de estar dado de alta en hacienda como actividad económica (Modelo 036 o 037 de hacienda).
    Importante, que debes darte de alta ANTES de emitir cualquier factura.

    Aclaración:
    Hacienda considera que has recibido un pago desde el momento en que Udemy te ingresa en tu cuenta de PayPal, independientemente de que luego retires o no ese dinero a tu cuenta banaria. Así que tanto la factura, como las obligaciones de alta y declaraciónes van en funcion de la fecha en que Udemy te ingresa.

    Por mucho que no retires el dinero de PayPal a tu cuenta bancaria, no te exime de declarar esos ingresos.

    Por otro lado, para realizar cualquier actividad empresarial o profesional, tambien tienes que estar dado de alta en la Seg. Social. (a fecha de hoy, si nunca has estado dada de alta ronda los 60 € durante los primeros 2 años, en tu caso creo que en Madrid hay 1 año más) a partir de ahi pagarías la cuota integra que va subiendo unos euros cada año, pero en 2019 ronda los 283€/mes.

    Para los que comentan que si no llegas al SMI (a fecha de hoy 900€/mes) no es necesario darse de alta en la Seg.Soc. ojito... En primer lugar, si es obligatorio si se realiza la actividad de forma habitual. Hay sentencias que dicen que al no llegar al SMI, y tener otra actividad como fuente de ingresos principal (un trabajo para terceros) se puede considerar una actividad esporádica.
    En principio, es la Seg. Social quien decide si lo considera esporádico o habitual, y si tu opinas diferente, puedes reclamar por via judicial, lo cual supone unos gastos importantes, y si cumples los requisitos la final el juez te dará la razon, pero de no ser así, te van a exigir que pagues todo lo que deberías haber pagado desde el momento en que iniciaste la actividad (alta en hacienda, primer cobro, etc...) con un 20% de recargo y sin derecho a reducciones (es decir, no serían 60€/mes sino 283€).

    El problema en nuestro caso, es que en el momento que pones un local fisico, creas una página web, repartes folletos, o cualquier medio por el que puedas hacer ventas, ya se considera como "actividad habitual", aunque solo factures 1€ al mes.

    Resumiendo, para los que seamos de España:

    - Obligatorio darse de alta en hacienda antes de publicar el curso (o como mínimo antes de recibir el primer cobro) mediante el modelo 036 o 037 de Hacienda.
    - Obligatorio emitir factura (Sin IVA ni retenciones) para cada cobro de Udemy.
    - Obligatorio darse de alta en la Seg. Social en la misma fecha que el alta de hacienda.
    - Obligatorio presentar declaración trimestral de IVA trimestral (Modelo 303) y resumen anual (Modelo 390), aunque al ser facturas sin IVA declararemos el importe de las facturas y 0€ de IVA, por lo que no hay que pagar nada, pero hay que presentarlas o hay sancion.

    - Obligatorio liquidar retencion de IRPF trimestral (Modelo 130) y pagar el 20% de lo que hayamos facturado durante el trimestre.
    - Declarar los ingresos en la renta anual como "rendimientos de actividad económica" (Modelo 100)
    - Al estar cobrando dinero de una empresa de EE.UU., su legislación les obliga a retenernos un 30% sobre el importe total. Como España tiene un acuerdo de doble imposición con EE.UU., se puede solicitar que solo retengan un 15% pero para ello debemos rellenar el formulario W-8BEN ante el fisco estadounidense para que Udemy pueda justificar que nos retiene menos por ser no residentes en EE.UU.

    Ventajas:
    - Si estás trabajando por cuenta ajena y al mismo tiempo como autónomo/a estás cotizando 60 días por més, lo cual cuenta para la jubilación
    - Si para realizar la actividad tienes gastos y tienes factura legal con IVA (siempre que las facturas sean del periodo en que estás dado/a de alta en hacienda), como por ej. una camara de video, un micrófono, etc... ese IVA que has pagado al comprarlos, lo puedes deducir en las declaraciónes de IVA como gastos y al final del año puedes solicitar que hacienda te lo devuelva...
    Ej. si has comprado una camara de 484€ (400€ + 84€ de IVA), te van a devolver esos 84€ que has pagado.

    Todo esto es lo que he podido ir "arañando" a base de muchas consultas a la agencia tributaria telefonicas y presenciales, pero que en cada consulta me han dicho cosas contradictorias, por que el tema de venta de infoproductos online, no lo terminan de tener claro ni ellos, así que tomad mi comentario como algo orientativo. Además, cada pocos meses vemos cambios de legislación y todo lo que sabemos se va a tomar viento... así que no tenemos otra que estar constantemente informados.

    ANTE CUALQUIER DUDA RECOMIENDO CONSULTAR CON UN ASESOR ESPECIALIZADO.

    Aún así, espero que haya podido ayudar un poquito, al menos a tener conceptos un poco más claros.


    Saludos,


  • ibiCode
    ibiCode Publicaciones: 4 researcher rank
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    Recordatorio:

    Hacienda considera que has recibido un pago desde el momento en que Udemy te ingresa en tu cuenta de PayPal, independientemente de que luego retires o no ese dinero a tu cuenta banaria. Así que tanto la factura, como las obligaciones de alta y declaraciónes van en funcion de la fecha en que Udemy te ingresa.

    Por mucho que no retires el dinero de PayPal a tu cuenta bancaria, no te exime de declarar esos ingresos.

    Saludos,